N° |
NOMBRE DEL CONSEJO CONSULTIVO |
BREVE DESCRIPCION DE SU OBJETIVO |
FORMA DE INTEGRACIÓN |
NOMBRE DE SUS CONSEJEROS |
REPRESENTACIÓN O CALIDADES |
ENLACE |
1 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Mauricio Velasquez Valenzuela |
Alcalde - Preside el Consejo |
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2 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Hardy Durán Fredes |
Representante del Sr. Intendente Regional del Bio Bio |
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3 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Carlos Palma Garcés |
Representante del Ministerio Público Fiscal Jefe Adjunto Coronel-Lota |
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4 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Carlos Oyarce Vergara |
Concejal |
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5 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Cristian Ramírez Henríquez |
Concejal |
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6 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Jefe de Bicrim Subprefecto de Investigaciones Sr. Cristian Urtubia Quijada |
Representante de Investigaciones de Lota |
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7 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Sr. Mayor Comisario Constantino Romero Cárcamo |
Representante de Carabineros |
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8 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Marcia Rosales Ávila |
Representante de Gendarmería Regional del Bío Bío |
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9 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Claudio Parra Sandoval |
Representante de Senda |
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10 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Nayadeth Jara Parra |
Representante de Sename |
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11 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Carolina Cartes Molina |
Representante OPD |
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12 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Jose Miguel Arjona Ballesteros |
Secretario Municipal y Ministro de Fe |
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13 |
Consejos Comunales de Seguridad Pública |
Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. |
"El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". |
Hugo Cadena Cea |
Secretario Ejecutivo CCSP |
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