ARTICULO 268.- La Dirección de Seguridad Pública, dependerá directamente del Alcalde.
Tendrá a su cargo tres secciones:
- Sección de Seguridad Pública
- Sección de Inspección
- Sección de Alumbrado Público
Tiene como objetivo colaborar al alcalde en acciones de prevención, social y situacional, además en la adopción de medidas de seguridad pública a nivel comunal.