ARTÍCULO 128.- La Sección Presupuesto dependerá directamente Departamento de Presupuesto. No tiene dependencias a su cargo. Tiene por objetivo llevar presupuesto del Municipio de acuerdo a las instrucciones que imparte la Contraloría General de la República, actualizar, controlar y evaluar el avance presupuestario de los proyectos, estudios, programas de inversión y programas municipales, colaborar en la formulación del Presupuesto Municipal. Elaborar estados y/o informes que se requieran según normas legales. Sustitúyase el Art 129° por el siguiente:
ARTÍCULO 129.- La Sección Presupuesto tendrá las siguientes funciones:
a) Mantener actualizado el estado de avance financiero de los proyectos, estudios, programas de inversión y programas municipales que se realicen en la comuna y evaluar la ejecución del presupuesto municipal.
b) Elaborar estados y/o informes que se requieran según normas legales para el Alcalde, Concejo Municipal, público en general y otras entidades y servicios públicos.
c) Colaborar con Secplan en los trabajos preparatorios para la formulación de los proyectos del Plan Financiero y del presupuesto municipal. d) Controlar el Presupuesto Anual de ingresos y gastos tramitando sus modificaciones en conformidad con las normas de flexibilidad presupuestaria