Municipalidad de Lota

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Fecha de actualización: 26/04/2024
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Consejo Comunal Seguridad Publica


NOMBRE DEL CONSEJO CONSULTIVO BREVE DESCRIPCION DE SU OBJETIVO FORMA DE INTEGRACIÓN NOMBRE DE SUS CONSEJEROS REPRESENTACIÓN O CALIDADES ENLACE
1 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Mauricio Velasquez Valenzuela Alcalde - Preside el Consejo Ver Enlace
2 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Hardy Durán Fredes Representante del Sr. Intendente Regional del Bio Bio Ver Enlace
3 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Carlos Palma Garcés Representante del Ministerio Público Fiscal Jefe Adjunto Coronel-Lota Ver Enlace
4 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Carlos Oyarce Vergara Concejal Ver Enlace
5 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Cristian Ramírez Henríquez Concejal Ver Enlace
6 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Jefe de Bicrim Subprefecto de Investigaciones Sr. Cristian Urtubia Quijada Representante de Investigaciones de Lota Ver Enlace
7 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Sr. Mayor Comisario Constantino Romero Cárcamo Representante de Carabineros Ver Enlace
8 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Marcia Rosales Ávila Representante de Gendarmería Regional del Bío Bío Ver Enlace
9 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Claudio Parra Sandoval Representante de Senda Ver Enlace
10 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Nayadeth Jara Parra Representante de Sename Ver Enlace
11 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Carolina Cartes Molina Representante OPD Ver Enlace
12 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Jose Miguel Arjona Ballesteros Secretario Municipal y Ministro de Fe Ver Enlace
13 Consejos Comunales de Seguridad Pública Este será un órgano consultivo del Alcalde en materia de Seguridad Pública Comunal y será, además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. "El Consejo Comunal de Seguridad Pública será presidido por el Alcalde y lo integrarán, a lo menos las siguientes personas: Intendente (Gobernador en subsidio o funcionario que el Intendente designe); Concejales (2 elegidos por el Concejo); Carabineros (Grado más alto de la Unidad policial); PDI (Mayor jerarquía de la respectiva Unidad), Ministerio Público (Fiscal Adjunto, en las comunas que no tenga asiento una fiscalía, el que designe el Fiscal Regional), COSOC (dos miembros); Gendarmería (Representante de la Repartición), Sename (Representante de los Servicios de Menores); Senda (Representante del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol); Secretario Municipal (será el Ministro de fe) y el Secretario Ejecutivo (designación que hace el Sr. Alcalde)". Hugo Cadena Cea Secretario Ejecutivo CCSP Ver Enlace
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